martes, 29 de noviembre de 2011

PLIEGO DE CONDICIONES DE UN PROYECTO


PLIEGO DE CONDICIONES.


  1. El presente documento corresponde a las obras e instalaciones necesarias descritas en la memoria que antecede.

  1. todas las instalaciones realizadas como desarrollo del proyecto, habrán de cumplir todos y cada uno de los reglamentos especificados en el mismo, y en caso de existir dudas sobre los contenidos en ellos, se consultará a la Dirección Facultativa para que dictamine las medidas a tomar.

  1. Se aplicará este Pliego de Condiciones para la ejecución de las instalaciones, que será conocido por el contratista, el cual deberá seguir en todo momento las indicaciones contenidas en el proyecto.

  1. Las obras e instalaciones contarán con todos los permisos y autorizaciones necesarias, excluyéndose a la Dirección de cualquier responsabilidad derivada de la carencia de alguno de ellos.

  1. La interpretación técnica del proyecto corresponde a la Dirección Facultativa, a la que le contratista deberá obedecer en todas sus indicaciones. Si hubiera diferencia en la interpretación de las condiciones contenidas en el presente proyecto, el contratista deberá siempre aceptar la opinión de la Dirección Facultativa.

  1. El Ingeniero Técnico Industrial autor del proyecto no se responsabiliza de las obras o instalaciones ejecutadas no contenidas en el proyecto, o de aquellas que fueran ejecutadas no ateniéndose a lo especificado en el proyecto o contrario a sus prescripciones.

  1. Todos los materiales que se empleen en las instalaciones deberán ser de marcas de primera calidad y con la correspondiente homologación, así como cumplir las exigencias técnicas y de utilización que se contemplan en el proyecto.

  1. Si los materiales o aparatos presupuestados fueran distintos a los proyectados, se acompañará a la oferta un resumen exhaustivo de sus características técnicas, para que la Dirección de su aprobación o las rechace, siempre que cumplan los requisitos mínimos exigidos en las formas y proyecto.

  1. Todos los materiales empleados en las instalaciones podrán ser sometidos a cuantas pruebas estime la Dirección, para comprobar las características especificadas por el fabricante, siendo por parte del contratista cuantos gastos se deriven por tales pruebas.

  1. Si la ejecución de las obras no fuese la adecuada, o no se adaptase a lo especificado en el proyecto, o los materiales empleados no superasen satisfactoriamente las pruebas a las que se sometiesen, se procederá a su sustitución según lo expresado en el proyecto y si que el contratista tenga derecho a ningún tipo de indemnización.

  1. La contrata como empresa constructora e instaladora, asume la total y exclusiva responsabilidad en relación con todos los obreros que trabajen en la obra, cumpliendo minuciosamente cuanto indica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, utilizando sus obreros el régimen legal de Alta en la Seguridad Social y debidamente asegurados contra accidentes de trabajo, con la correspondiente póliza. Así mismo, asumirá todas las responsabilidades derivadas de su relación con los subcontratistas que necesite emplear en la obra  o instalación.

  1. El contratista asume toas las responsabilidades legales de Seguridad Social, económicas, criminales y civiles, incluso los daños a terceros que pudieran producirse como consecuencia de las obras o instalaciones que se ejecuten.

  1. En la ejecución de las obras que se hayan contratadas, el contratista será el único responsable de ellas, no teniendo derecho a indemnización alguna por el mayor precio que pudieran alcanzar las mencionadas obras, ni por las erradas maniobras que cometiese durante la ejecución de las mismas.

  1. El contratista justificará previo requerimiento de la Dirección Facultativa el cumplimiento de las disposiciones relativas a contratos, seguridad social y accidentes.

  1. Si al proceder al reconocimiento de las obras e instalaciones no se encontraran estas en las debidas condiciones, se aplazará su recepción hasta tanto no se hayan subsanado las deficiencias encontradas y tras nuevo reconocimiento se comprobará que las instalaciones están en condiciones de ser recibidas.